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Como un complemento a las Leyes 87 de 1993 por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y 489 de 1998 por la cual se dispuso la creación del Sistema Nacional de Control Interno, el Gobierno Nacional a través del Departamento Administrativo de la Función Pública promovió la creación e implementación de un modelo estándar de control interno, el cual fue formalizado a través de la expedición del Decreto 1599 de 2005 “por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005”, cuya finalidad es proporcionar una estructura para el control a la estrategia, la gestión y la evaluación de las entidades del Estado, para orientarlas hacia el cumplimiento de sus objetivos institucionales y su contribución a los fines esenciales del Estado.
La implementación del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 es de obligatorio cumplimiento para todas la entidades del Estado a las cuales aplica la Ley 87 de 1993 y el plazo inicial establecido en el Artículo 5º del Decreto 1599 de 2005 era hasta el 3 de Abril de 2008, siendo ampliado por medio del Decreto 2913 de 2007 hasta el 8 de Diciembre de 2008, el cual coincide con el plazo dado por la Ley 872 de 2003 para la Implementación del Sistema de Gestión de la Calidad.
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