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Modelo Estándar de Control Interno M.E.C.I
A.
Administrar:
Gobernar, ejercer la autoridad o el mando sobre un territorio y sobre las personas que lo habitan. Dirigir una institución, ordenar, disponer, organizar, en especial la hacienda o los bienes.
C.
Comité de buen gobierno:
instancia encargada de ejercer la veeduría sobre el cumplimiento del Código de Buen Gobierno, y facultado en el tema de la prevención y manejo de los conflictos de interés dentro de la entidad.
Comité de ética:
instancia organizacional encargada de promover y liderar el proceso de implantación de la gestión ética para entidades del Estado, encauzado hacia la consolidación del ejercicio de la función pública en términos de eficacia, transparencia, integridad y servicio a la ciudadanía, por parte de todos los servidores públicos de la entidad.
Conflicto de intereses:
Situación en virtud de la cual una persona, en razón de su actividad, se encuentra en una posición en donde podría aprovechar para sí o para un tercero las decisiones que tome frente a distintas alternativas de conducta.
Código De Buen Gobierno:
Disposiciones voluntarias de autorregulación de quienes ejercen el gobierno de las entidades, que a manera de compromiso ético buscan garantizar una gestión eficiente, íntegra y transparente en la administración pública.
Código de ética:
Documento de referencia para gestionar la ética en el día a día de la entidad. Está conformado por los Principios, Valores y Directrices, que en coherencia con el Código de Buen Gobierno, todo servidor público de la entidad debe observar en el ejercicio de su función administrativa.
G.
Gestionar:
Hacer diligencias conducentes al logro de un negocio o un objetivo.
Gobernabilidad: Conjunto de condiciones que hacen factible a un gobernante o director el ejercicio real del poder que formalmente se le ha entregado para el cumplimiento de los objetivos y fines bajo la responsabilidad de su cargo. Esta capacidad de conducir al colectivo se origina en el grado de legitimación que los diversos grupos de interés conceden a la dirigencia y se juega en el reconocimiento de:
- Su competencia e idoneidad para administrar la entidad en el logro de los objetivos estratégicos -eficiencia-;
- El cumplimiento de principios y valores éticos y la priorización del interés general sobre el particular -integridad- y
- La comunicación para hacer visibles la forma como se administra y los resultados obtenidos.
Gobierno Corporativo:
Manera en que las entidades son dirigidas, mejorando su funcionamiento interna y externamente, buscando eficiencia, transparencia e integridad, para responder adecuadamente ante sus grupos de interés, asegurando un comportamiento ético organizacional.
Grupos De Interés:
Personas, grupos o entidades sobre las cuales el ente público tiene influencia, o son influenciadas por éste. Es sinónimo de “Públicos internos y externos”, o “Clientes internos y externos” o “partes interesadas”.
M.
Misión:
Definición del quehacer de la entidad. Está determinado en las normas que la regulan y se ajusta de acuerdo con las características de cada ente público.
Modelo Estandar De Control Interno [MECI]:
Modelo establecido por el Estado para sus entidades mediante el Decreto No. 1599 de 2005. Proporciona una estructura para el control a la estrategia, a la gestión y a la evaluación, con el propósito de mejorar el desempeño institucional mediante el fortalecimiento del control y de los procesos de evaluación que deben llevar a cabo las Oficinas de Control Interno, Unidades de Auditoria Interna o quien haga sus veces.
P.
Políticas:
Directrices u orientaciones por las cuales la alta dirección define el marco de actuación con el cual se orientará la actividad pública en un campo específico de su gestión, para el cumplimiento de los fines constitucionales y misionales de la entidad, de manera que se garantice la coherencia entre sus prácticas y sus propósitos.
Principios éticos:
Creencias básicas sobre la forma correcta como debemos relacionarnos con los otros y con el mundo, desde las cuales se erige el sistema de valores éticos al cual la persona o el grupo se adscriben.
R.
Rendición De Cuentas:
Deber legal y ético de todo funcionario o persona de responder e informar por la administración, el manejo y los rendimientos de fondos, bienes y/o recursos públicos asignados, y los respectivos resultados, en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido. De esta manera se constituye en un recurso de transparencia y responsabilidad para generar confianza y luchar contra la corrupción.
Riesgos:
Posibilidad de ocurrencia de situaciones que pueden afectar o impedir el logro de los objetivos institucionales de una entidad pública, entorpeciendo el desarrollo normal de sus funciones.
S.
Sistema De Desarrollo Administrativo:
Conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y financieros de las entidades de la administración pública, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional de conformidad con la reglamentación pertinente.
T.
Transparencia:
Principio que subordina la gestión de las instituciones a las reglas que se han convenido y que expone la misma a la observación directa de los grupos de interés, implica, así mismo, rendir cuentas de la gestión encomendada.
V.
Valor ético:
Forma de ser y de actuar de las personas que son altamente deseables como atributos o cualidades propias y de los demás, por cuanto posibilitan la construcción de una convivencia gratificante en el marco de la dignidad humana. Los valores éticos se refieren a formas de ser o de actuar para llevar a la práctica los principios éticos.
V.
Visión:
Establece el deber ser de la entidad pública en un horizonte de tiempo, desarrolla la misión del ente e incluye el plan de gobierno de su dirigente, que luego se traduce en el plan de desarrollo de la entidad.
Gestión Financiera
A.
Activo corriente:
Comprende el efectivo, los bienes y derechos (por ejemplo cuentas por cobrar) que pueden ser convertidos en efectivo en un período no superior a un año.
Activo no corriente:
Son las propiedades o bienes materiales que posee la Entidad, tales como maquinaria, equipo, infraestructura, entre otras, que normalmente no están destinados a la venta, sino que son utilizadas de modo permanente por la Entidad en la obtención de sus objetivos.
Activos:
Lo constituyen todos los bienes y derechos que tiene la Entidad (efectivo, propiedades, equipos, títulos valor, entre otros). Está conformado por el Activo Corriente y el Activo No Corriente.
Año Fiscal Económico:
Período de doce meses comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de ese año.
Apropiación Definitiva:
Monto máximo para ordenar gastos.
Apropiación Inicial:
Monto inicial aprobado para cada rubro presupuestal según el Decreto de liquidación del presupuesto.
Apropiaciones Presupuestales:
Las apropiaciones incluidas en el Presupuesto Anual del municipio o Departamento, son autorizaciones máximas de gastos que la Asamblea aprueba para ser ejecutadas o comprometidas durante la vigencia fiscal respectiva.
Aprovechamientos:
Ingresos ordinarios provenientes de las actividades de derecho público que realizan los gobiernos. En términos generales, se derivan del incumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes; son recibidos en forma de rezagos, recargos, reintegros, donativos, multas y sanciones.
B.
Balance General:
Es un documento que muestra, en una fecha determinada, el valor del activo de una Entidad, así como la composición y el valor del pasivo y el patrimonio. Muestra qué es lo que tiene y qué es lo que debe una Entidad en un momento determinado.
C.
Capacidad de Endeudamiento:
Es el límite o monto máximo hasta la cual los entes territoriales o sus entidades, pueden adquirir compromisos de crédito sin que exceda su capacidad de pago.
Certificado de Disponibilidad Presupuestal – CDP:
Es un documento expedido por el jefe de presupuesto o por quien haga sus veces, con el cual se garantiza la existencia de apropiación presupuestal disponible y libre de afectación para la asunción de compromisos con cargo al presupuesto de la respectiva vigencia fiscal. Este documento afecta preliminarmente el presupuesto, mientras se perfecciona el compromiso.
Compromiso Presupuestal:
Son compromisos los actos y contratos expedidos o celebrados por los órganos públicos, en desarrollo de la capacidad de contratar y de comprometer el presupuesto, realizados en cumplimiento de las funciones públicas asignadas por la ley. Dichos actos deben desarrollar el objeto de la apropiación presupuestal.
Costos de Ventas:
Son todos los costos generados por la venta de bienes y servicios o el manejo y operación de servicios como salud, educación, servicios públicos, entre otros. Generalmente las administraciones municipales no tienen Costo de Ventas.
Costos:
Egresos y cargos asociados con la adquisición o la producción de los bienes o la prestación de los servicios.
D.
Déficit Presupuestal:
Es el exceso de la ejecución de gastos sobre la ejecución de los ingresos de un presupuesto o vigencia presupuestal.
E.
Estados financieros:
Los estados financieros son un conjunto de informes que tienen el fin de dar a conocer la situación financiera y los resultados de la operación de la Entidad en un período determinado. Los principales son el Balance General, el Estado de la Situación Financiera, Económica y Social, y el Estado de Cambios en el Patrimonio.
G.
Gastos de Funcionamiento:
Son las apropiaciones necesarias para sufragar el pago de las actividades administrativas, técnicas y operativas necesarias para el buen funcionamiento de la administración territorial. Comprende los gastos por servicios personales, gastos generales, aportes patronales y transferencias de funcionamiento.
Gastos operacionales:
Son todos los desembolsos relacionados con la actividad diaria. Por ejemplo: arriendo, vigilancia y seguridad, servicios públicos, salarios, entre otros.
I.
Ingreso:
Es el flujo de recursos que recibe un agente económico en un determinado período de tiempo o vigencia.
Ingresos Corrientes:
Recursos que perciben los entes territoriales en el desarrollo de lo establecido en las disposiciones legales, por concepto de la aplicación de impuestos, tasas, multas, contribuciones, participaciones, entre otros. De acuerdo con su origen se identifican como tributarios y no tributarios.
Ingresos No Tributarios:
Ingresos del Gobierno Territorial por conceptos diferentes a los impuestos: recursos obtenidos por la prestación de servicios, en el desarrollo de contratos, transferencias, entre otros.
Ingresos operacionales:
Son los ingresos de que dispone regularmente la Entidad gracias a sus actividades cotidianas. Por ejemplo: transferencias de recursos de la Nación, impuesto de renta, impuesto predial, sobretasa a la gasolina, impuesto de avisos y tableros, multas y sanciones, venta de bienes, entre otros.
Ingresos Tributarios:
Conformado por aquellos recursos que perciben los entes territoriales, sin contraprestación directa alguna, fijados en virtud de norma legal, provenientes de impuestos directos o indirectos, de conformidad con lo establecido en sus códigos de rentas municipal o departamental.
Inversión:
Gastos en que incurren los entes territoriales para el desarrollo económico, social y cultural de su territorio, es decir, aquellos que contribuyen a mejorar el índice de calidad de vida de los ciudadanos.
Las cantidades que por ley reciben los gobiernos, a cargo de personas físicas y morales, que se beneficien de manera directa por la realización de obras públicas.
O.
Obligación:
Se entiende por obligación exigible de pago el monto adeudado por el ente público como consecuencia del perfeccionamiento y cumplimiento –total o parcial- de los compromisos adquiridos, equivalente al valor de los bienes recibidos, servicios prestados y demás exigibilidades pendientes de pago, incluidos los anticipos no pagados que se hayan pactado en desarrollo de las normas presupuestales y de contratación administrativa.
Otros egresos:
Las erogaciones que por su naturaleza no pueden agruparse en algún otro capítulo de egresos de los sectores públicos estatal.
Otros ingresos:
Son las percepciones que por su naturaleza no pueden agruparse en algún otro capítulo de ingresos de los sectores públicos estatal.
P.
Pago:
Es el acto mediante el cual, la entidad pública, una vez verificados los requisitos previstos en el respectivo acto administrativo o en el contrato, teniendo en cuenta el reconocimiento de la obligación y la autorización de pago efectuada por el funcionario competente, liquidadas las deducciones de ley y/o las contractuales (tales como amortización de anticipos y otras) y verificado el saldo en bancos, desembolsa al particular el monto de la obligación.
Pasivo:
Son las deudas u obligaciones que tiene la Entidad con una persona o una organización ajena a la misma.
Pasivos corrientes:
Son las deudas de una entidad, cuyo pago se debe realizar en los siguientes doce meses.
Pasivos no corrientes:
Son las deudas de una entidad, cuyo pago se realiza en un plazo mayor a doce meses.
Patrimonio:
Propiedad física de la entidad, definida como la suma de todos los activos, menos, la suma de todos los pasivos. Es con lo que realmente contaría la Entidad luego de pagar sus pasivos y vender todos sus activos.
Plan Operativo Anual de Inversiones – POAI:
Consiste en la determinación de los programas, subprogramas y proyectos de inversión que se piensan incorporar en el proyecto de presupuesto de la vigencia fiscal siguiente, cuya ejecución, una vez aprobado el presupuesto por parte de la Asamblea Departamental, se lleva a cabo mediante la elaboración, aprobación y ejecución del Plan de Acción.
Presupuesto Público:
Es un instrumento para la estimación de ingresos que se recaudan durante la vigencia fiscal (un año) y los gastos de funcionamiento, deuda pública y de inversión, para el cumplimiento de los planes y programas de desarrollo económico y social.
Proceso Contable:
Se define como un conjunto ordenado de etapas que se concretan en el reconocimiento y la revelación de las transacciones, los hechos y las operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales, que afectan la situación, la actividad y la capacidad para prestar servicios o generar flujos de recursos de una entidad contable pública en particular.
Programa Anual Mensualizado de Caja PAC:
El programa anual mensualizado de caja —PAC—, es un instrumento mediante el cual se estima el monto mensual de recursos a recaudar y se fija el monto máximo para efectuar pagos de los compromisos asumidos en desarrollo de las apropiaciones presupuestales incorporadas en el Presupuesto, teniendo en cuenta los fondos disponibles en la Tesorería.
R.
Recursos de Capital:
Son ingresos que perciben los entes territoriales, provenientes, entre otras, de las siguientes fuentes: operaciones de crédito público con vencimiento mayor a un año, los recursos del balance, los rendimientos por operaciones financieras, las donaciones, diferencial cambiario, los excedentes financieros de los Establecimientos Públicos del orden Territorial y de las Empresas y otros recursos de capital diferentes.
Registro Presupuestal del Compromiso:
Ahora bien, se entiende por registro presupuestal del compromiso la imputación presupuestal mediante la cual se afecta en forma definitiva la apropiación, garantizando que ésta sólo se utilizará para ese fin. Esta operación indica el valor y el plazo de las prestaciones a las que haya lugar. El acto del registro perfecciona, por tanto, el compromiso. (Art. 71, Decreto 111/96).
Rendimientos Financieros:
Corresponde a los ingresos obtenidos por la colocación de los recursos del municipio o del Departamento en el mercado de capitales o en títulos valores, ya sean propios o de destinación específica.
Rentas Propias:
Son todos los ingresos corrientes generados por el ente territorial diferente al de los Establecimientos Públicos, excluidos los aportes y transferencias de la Nación.
S.
Servicio de la Deuda:
Apropiación destinada al pago de las obligaciones contraídas por las entidades territoriales con personas naturales o jurídicas, entidades bancarias, financieras, públicas o privadas de carácter nacional o internacional.
Significan todas las formas de información o datos que se divulgan en este sitio web, entre otros: textos, imágenes, fotos, logos, diseños, animación, video, audio y programas de computador.
T.
Transferencias:
Son dineros de un Presupuesto que percibe otro Presupuesto por mandato legal, en uno es un gasto y en el otro es un ingreso, como es el caso de los provenientes de la Nación a través del Sistema General de Participaciones (Ley 715 de 2001), Regalías (Ley 141 de 1994), Etesa, Régimen Subsidiado o a las Entidades Descentralizadas.



